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Gonzalo Bravo: A cinco años de la Ley Sernac

Gonzalo Bravo: A cinco años de la Ley Sernac

El abogado, asociado del Grupo Derecho Público y Mercados Regulados de Albagli Zaliasnik, comenta los posibles efectos en un nuevo proyecto de ley anunciado.

Este mes se cumplen cinco años desde la publicación de la denominada “Ley de fortalecimiento del Sernac”. Luego, a finales del año 2021, fue publicada la denominada ley “pro consumidor”, que prometía dar finalmente solución a los problemas originados principalmente por la explosión de las transacciones electrónicas, la consagración del principio pro consumidor, reforzamiento de garantías, y la necesidad de otorgar mayores prorrogativas al Sernac.

No obstante, pareciera ser que ambos cuerpos normativos no han sido suficientes, pues, el pasado lunes 4 de septiembre, el ejecutivo anunció el proyecto de ley que –nuevamente– pretende fortalecer las facultades del Sernac.

Así, se busca otorgar poderes a la autoridad para poder iniciar procedimientos sancionatorios en contra de los proveedores que infringen la normativa de protección de los derechos de los consumidores. Ante esto, la pregunta a responder ahora es: ¿cómo?

Dentro de este contexto, es fácil advertir que, durante los últimos años, el derecho del consumo ha evolucionado de ser una materia cuyo origen se encuentra en el derecho privado para ahora ser una materia cuya práctica y marco regulatorio ostenta una marcada naturaleza regulatoria o de derecho público, con todo lo que ello implica.

Cabe recordar que, actualmente, el Sernac no cuenta con potestades sancionatorias, siendo necesario que dicha entidad concurra ante tribunales para los efectos de denunciar infracciones. La intervención de tribunales tiene pros y contras para los consumidores y las empresas, efectos que evidentemente serán alterados por el nuevo proyecto de ley anunciado.

"Es de esperar que el nuevo proyecto de ley no solamente cumpla con establecer los elementos básicos de todo procedimiento sancionador, sino que, además, se ajuste a la realidad que hoy envuelve el derecho del consumo..."

Mientras, por una parte, la intervención de tribunales es un verdadero incentivo para que las empresas lleguen a acuerdo con los consumidores y así evitar multas, no podemos olvidar que los tiempos de tramitación no son acotados; más cuando ha existido la interposición de recursos de apelación, que implica grandes esfuerzos del consumidor afectado y, muchas veces, la sensación de injusticia y frustración.

Este nuevo intento por robustecer la normativa causa expectativa en la totalidad de los actores del mercado nacional, sobre todo en cuanto a la suficiencia y los términos del proyecto de ley.

Es importante evaluar cómo abarcará elementos clave del ejercicio de la potestad sancionatoria para todo organismo de la administración del Estado, tales como ejecutoriedad de la sanción, plazos, compatibilidad con otros cuerpos normativos, control jurisdiccional y, por cierto, calidad del servicio.

Es de esperar que el nuevo proyecto de ley no solamente cumpla con establecer los elementos básicos de todo procedimiento sancionador, sino que, además, se ajuste a la realidad que hoy envuelve el derecho del consumo, una realidad totalmente distinta a otros sectores regulados.

De lo contrario, tendremos un procedimiento administrativo que, lejos de ser una solución, podría incluso ser un condicionante para el efectivo resguardo de los derechos de los consumidores.

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